* Detalla las acciones que deberá tomar el
transporte público en la entidad para prevenir y contener el contagio por el
virus COVID-19
* Se busca garantizar la movilidad segura de las
personas que realizan actividades dentro de los sectores que se consideran
esenciales
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- La Secretaría de
Movilidad y Transporte (SMyT) en el estado dio a conocer el Plan de Atención en
materia de Movilidad y Transporte ante la emergencia sanitaria generada por el
virus COVID-19, declarada por el Consejo de Salubridad General, para prevenir y
contener el contagio en la entidad, tras el ingreso a la Fase 2: Dispersión Comunitaria.
El titular de la dependencia estatal, Aquiles
Espinosa García, detalló que dicho Plan está fundado en las medidas dictadas
por las autoridades de salud de los gobiernos Federal y del Estado, con
estricto respeto a los derechos humanos y sus garantías.
Además de las medidas de sanidad descritas en el
Plan de Continuidad de Operaciones y Medidas de Prevención elaborado por la
SMyT, se enuncian las acciones que se tomarán a partir de esta fecha y hasta
que dure la contingencia, con el objetivo de reforzar la campaña: “Quédate en
Casa” y garantizar la movilidad segura de las personas que realizan actividades
dentro de los sectores que se consideran esencialmente necesarios para atender
la emergencia sanitaria.
Entre las acciones dispuestas para esta fase, se
encuentran las siguientes:
• Reducir el 50 por ciento del número de unidades
del servicio público de transporte colectivo y taxi; para el caso de estos
últimos, se alternará la circulación: los días lunes, miércoles y viernes
circularán las unidades cuyos números económicos terminen en impar; y los días
martes, jueves y sábado, circularán aquellas cuyo número económico terminen en
número par.
Cabe señalar que el primer domingo de la entrada en
vigor del Plan, es decir el 05 de abril de 2020, lo harán los de terminación
impar y el siguiente domingo los de terminación par y así sucesivamente hasta
que concluya la contingencia.
• Se establecen horarios de circulación del servicio
colectivo urbano estimando los tiempos de entrada y salida a las actividades
dentro de los sectores que se consideran esencialmente necesarios para atender
la emergencia sanitaria.
• De ser necesario se trazarán rutas provisionales
cuya operación será única y exclusivamente durante la contingencia.
• Reforzar la aplicación de protocolos de medidas
sanitarias a operadores y usuarios y exhortar a las personas de la tercera
edad, mujeres embarazadas y niños a minimizar el uso del transporte público,
priorizando el llamado de las autoridades a quedarse en casa.
• En los aeropuertos que opera el Gobierno del
Estado, se intensificará el cerco sanitario y las medidas de seguridad e
higiene dictadas por la Secretaría de Salud.
• En coordinación con los gobiernos municipales se
deberá establecer retenes y cercos sanitarios para supervisar el transporte
foráneo.
Asimismo, se contemplan sanciones para aquellos
concesionarios u operadores que contravengan las disposiciones señaladas en
ambos planes, los cuales podrán ser consultados y descargados en la
página https://smyt.chiapas.gob.mx/.
Finalmente, la dependencia señaló que estas medidas
son de carácter temporal con la finalidad de disminuir el riesgo de contagio
ante la declaratoria de emergencia sanitaria, por lo que la participación del
sector es fundamental para frenar el avance de esta pandemia.
Las acciones están basadas en el Decreto por el que
se instituyen medidas y acciones para la prevención, detención, contención,
control, retraso y reducción del contagio y propagación del virus denominado
COVID-19 en el estado de Chiapas, emitido por el Ejecutivo del Estado en el
Periódico Oficial número 094 de fecha 27 de marzo de 2020; el Acuerdo por el
que se declara Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de
enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) del 30 de marzo de 2020,
emitido por el Consejo de Salubridad General, así como el Acuerdo por el que se
establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria
generada por el virus SARS-CoV2 de fecha de 31 de marzo de 2020.
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